¿Qué son las indulgencias?



Las indulgencias son un empujón y un regalo inmerecido que Dios nos da, a través de la Iglesia, en el camino de la búsqueda de la  santidad.

¿Qué es una indulgencia y en qué se diferencia de la absolución que recibimos en la confesión?
Primero hay que distinguir entre culpa y pena. Cuando pecamos, es decir, cuando obramos mal contra Dios, contra nosotros mismos o contra los demás, la culpa es nuestra responsabilidad en ese pecado. La pena, sin embargo, es la consecuencia que tiene ese pecado.
En la confesión, Dios borra la culpa de nuestros pecados, y también condona parte de la pena eterna que deberíamos cumplir tras la muerte a causa de dichos pecados. Pero no la condona totalmente porque los pecados siempre tienen consecuencias.
La pena no es una venganza de Dios, sino la consecuencia de los pecados, así que a lo largo de la vida siempre queda una parte de la pena por expiar (esa que la confesión no puede borrar, y que se llama pena temporal). La pena temporal, que la confesión no borra, se puede purificar, sin embargo, de tres formas: ofreciendo buenas obras y los sufrimientos de esta vida; con el purgatorio, tras la muerte; o con indulgencias.

Hay indulgencia parcial e indulgencia plenaria, según libere de la pena temporal en parte o totalmente. Por ejemplo, al rezar el rosario se puede alcanzar la indulgencia parcial, y si además se reza en familia, se puede ganar la indulgencia plenaria.
Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra.
Si se cumplen las condiciones necesarias para ganar la indulgencia plenaria (confesión, comunión y oración por las intenciones del Papa), se puede obtener  la indulgencia plenaria al:
  • Rezar un Padrenuestro y un Credo durante la visita a un santuario o basílica (una vez al año por santuario).
  • Recibir la bendición papal Urbi et Orbi o escucharla en directo por la radio o la televisión.
  • Realizar ejercicios espirituales durante al menos tres días completos.
  • Participar en la procesión eucarística del Corpus Christi.
  • Renovar las promesas bautismales en la Vigilia Pascual o en el aniversario del bautismo.
  • El 1 de enero y en la solemnidad de Pentecostés: al rezar el Veni Creator en una iglesia.
  • Los viernes de cuaresma: al rezar ante un crucifijo el "Miradme oh mi amado y buen Jesús" después de comulgar
  • El Jueves Santo, al recitar el Tantum ergo durante la exposición que sigue a la Misa de la cena pascual, y el Viernes Santo, al asistir a los oficios o al rezar el Miradme oh mi amado y buen Jesús.
  • El 2 de agosto: al rezar un Padrenuestro y un credo en la catedral o en la parroquia.